Aquellas personas que hayan aprobado el examen teórico deberán realizar las prácticas básicas de seguridad y navegación para la obtención de las titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo, en la embarcación de una escuela u organismo debidamente homologado o autorizado establecidas para cada título donde ya se explicó en el apartado de "Atribuciones de los Títulos (condiciones)".
También existe la opción de superar un examen práctico que se realizará del siguiente modo:
» El examen práctico constará de dos partes, las prácticas de navegación y prácticas de seguridad.
» Para la realización del examen práctico deberá haberse superado previamente el examen teórico. Se dispondrá de un plazo máximo de dieciocho meses desde que se ha aprobado el examen teórico para realizar el examen práctico. Pasado este plazo o no superado el mismo en tres convocatorias, deberán realizar nuevamente el examen teórico.
PRACTICAS DE VELA
Para el gobierno de embarcaciones a vela será necesario, además de las prácticas básicas de seguridad y navegación establecidas para cada título, la realización de prácticas, de al menos cuatro días y cuatro horas como mínimo, en barco de vela. Estas prácticas se realizarán por una sola vez para cualquiera de los títulos de Capitán de Yate, Patrón de Yate y Patrón de Embarcaciones de Recreo. En el caso de Patrón para la Navegación Básica se establece una práctica de cuatro horas.